Términos y Condiciones

ESTIPULACIONES GENERALES


1. Por medio del presente reglamento, se especifican los derechos y obligaciones que regulan la adquisición y uso del servicio de telefonía móvil prepagada de Digicel, en adelante, "el servicio”.

2. El Servicio comprende lo siguiente:

• Un teléfono celular y sus accesorios, el cual se encuentra habilitado para operar dentro de la red de telefonía celular de Digicel, en adelante, "el terminal”.
• Un CHIP, el cual es un dispositivo al que está asociado el número de teléfono de la línea, y tiene como función principal almacenar toda la información de línea móvil, en adelante, "la línea”.
• El suministro de servicio público de telefonía celular que presta Digicel, en conformidad a la Ley de Telecomunicaciones y demás legislación aplicable.
• Formulario de Registro de Clientes, el cual deberá ser llenado, firmado y devuelto a un representante de Digicel en puntos de venta al momento de contratar el servicio y después de haber leído, entendido y aceptado todas y cada una de las cláusulas del presente Reglamento.

3. El usuario declara estar en conocimiento de que el Servicio permite efectuar comunicaciones de larga distancia internacional y servicios de valor agregado, para lo cual el Usuario se obliga a informarse responsablemente sobre las tarifas vigentes al momento de hacer uso de dichos servicios. Se presumirá la aceptación de los cargos de llamadas internacionales, servicios de valor agregado y la tarifa vigente por el hecho de marcar e iniciar la llamada y el uso de los servicios.

4. Para efectuar el cambio de titularidad en el servicio, el propietario deberá comprobar la propiedad sobre la línea y/o el terminal, y se presentará en un Centro de Servicio Digicel autorizado junto con el nuevo usuario de la línea para completar y firmar la solicitud de traspaso y el nuevo formulario de Registro de Clientes.

SUSPENSIÓN DEL SERVICIO POR HURTO, ROBO O EXTRAVÍO

1. En caso de robo, hurto, extravío o pérdida del terminal o del chip, por cualquier causa, Digicel suspenderá el servicio desde el momento en que el cliente llame al Call Center de Digicel para reportar el hurto, robo o extravío, y el agente de Digicel realice la identificación positiva del propietario de la línea y/o terminal. Posteriormente, deberá presentar una carta en la cual, la persona que figure como propietaria o titular del servicio en los registros de clientes de Digicel, señale claramente que el terminal o la línea le ha sido hurtado o robado, o que ha sido extraviado o perdido por cualquier causa, declarando además que autoriza a Digicel a suspender el servicio, renunciando a formular reclamo alguno en su contra.

2. En este caso, y cumplido lo establecido en el párrafo anterior, el titular del servicio podrá solicitar la reactivación de su línea, una vez haya adquirido un nuevo SIM, y la reposición del saldo disponible en la línea al momento de realizar la llamada de denuncia, mas no incluye la reposición del terminal.

FINALIZACIÓN DEL SERVICIO

1. El Usuario y Digicel acuerdan, desde ya, que este último podrá dar por finalizado de inmediato el servicio, y sin previo aviso, en cualquiera de los siguientes casos:

(a) Si el usuario ocasionare mal funcionamiento o daño a la red de Digicel, por la conexión o utilización de cualquier equipo o aparato propiedad del Usuario, u obtenido por este a cualquier título.

(b) Si el propietario transfiere la titularidad de la línea sin haber seguido el respectivo proceso de traspaso en los términos establecidos en el numeral 4 de la cláusula I de este Reglamento, y/o si trata de activar una línea o terminal que ha sido reportado como robado.

(c) En caso fortuito o de fuerza mayor que, de cualquier modo, impida la prestación del servicio en los términos convenidos tales como, pero no limitado a: terremotos, inundaciones, vientos ciclónicos, incendios y otros similares.

(d) Como consecuencia de un acto de autoridad que suspenda, caduque, limite, extinga o termine la concesión de que es titular Digicel.

(e) Si el Usuario deja transcurrir un periodo de noventa días calendarios consecutivos sin iniciar y recibir llamadas así como sin enviar y recibir mensajes de texto desde y hacia otro teléfono móvil.

(f) Si el usuario hace uso del servicio en actividades contrarias a la moral, el orden público, buenas costumbres, fraude o actividades delictivas.

2- Terminado el Servicio, el usuario perderá automáticamente su calidad de tal y las recargas que hubiere previamente realizado en su Línea, y sin tener derecho a indemnización alguna por esta situación.

IV CONDICIONES Y LIMITACIONES DEL SERVICIO

1- El adquiriente del Producto o el usuario del Servicio, de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula primera de este reglamento, declara expresamente que, en conocimiento de las disposiciones de este reglamento y, en especial, de esta cláusula, ha aceptado el Servicio sujeto a las condiciones y limitaciones que a continuación se expresan, las cuales, dada la especial naturaleza del servicio, entiende y acepta como intrínsecas en la prestación del mismo, de tal forma que sin estas condiciones y limitaciones el servicio no podría otorgarse:

Que está en conocimiento y acepta, expresamente, que la calidad del servicio y la cobertura están limitadas al área de cobertura informada por Digicel y de la cual se encuentra en conocimiento, dentro de la cual se garantizan comunicaciones en conformidad a las normas y estándares aplicables al servicio y, además, a aquella proporcionada por las redes de otras compañías telefónicas a las cuales el usuario deseare acceder. El área de cobertura de Digicel puede ser consultada en cualquier momento en la página Web de Digicel (http://www.digicel.com.sv/).

El usuario declara conocer que el alcance del servicio estará determinado por la potencia del equipo Terminal que se utilice, su correcto uso y las circunstancias referidas en el siguiente literal. 
Que está en pleno conocimiento y acepta que el servicio puede verse afectado o sufrir interrupción, interferencia, corte o suspensión, todas justificadas, dentro del área de cobertura, entre otras causas, por las siguientes:

i)   Uso del equipo terminal en el interior  de inmuebles, subterráneos, túneles y otros lugares de similares características, donde no exista señal o ésta es débil.
ii)  Por circunstancias de capacidad y disponibilidad propias de las redes telefónicas móviles
iii) Por fenómenos atmosféricos o circunstancias naturales o artificiales que afecten las transmisiones de las señales de radio.
iv) Por modificaciones de equipamiento, trabajos de ingeniería, mantenimiento de red o cualquier trabajo, reparación o actividad similar que sea necesaria desarrollar para el correcto o mejor funcionamiento del Servicio.

Que esta en pleno conocimiento y acepta que el servicio podrá verse afectado por problemas derivados de la extinción, caducidad, suspensión o terminación de la concesión; fuerza mayor o caso fortuito; actos u omisiones de autoridad, o por cualquier otra causa que no pueda ser controlada por Digicel. En estos casos, Digicel no podrá ser sujeto de reclamo por los daños y perjuicios que se ocasionen al usuario, incluido lucro cesante, ni respecto de cualquier otro daño relacionado con la interrupción, suspensión, interferencia o corte del servicio.

Asimismo, y en los mismos términos, Digicel no será responsable por la interferencia, intercepción, interrupción, internacional o no, del servicio o de cualquier otra información que se emita a través del producto atribuible a terceros, sin que cuenten con la debida autorización del usuario o de las autoridades respectivas en cuanto estos actúen dentro de sus facultades legales.

Que las limitaciones de uso del servicio descritas anteriormente forman parte esencial de la prestación de éste y se han tenido presentes tanto por Digicel como por el Usuario, como requisito indispensable para la prestación del servicio y para hacer uso del mismo. El usuario acepta que, en caso de hacerse efectivas las mencionadas limitaciones, estas no constituyen deficiencias que afectan la finalidad o la utilidad esencial del Servicio, sino que corresponden a limitaciones y condiciones propias de esta clase de servicios de telecomunicaciones móviles.
 

V   MODIFICACIONES

1-     El presente reglamento podrá ser objeto de modificaciones como resultado de la promulgación de una nueva legislación, reglamentación, conseción, permiso gubernamental, cambios en las condiciones vigentes del servicio o eventos similares que lo afecten, debiendo éstas quedar limitadas en su extensión a lo necesario para esos propósitos.

2-     Digicel informará dichas modificaciones por los medios que estime pertinentes para estos efectos, obligándose al usuario a informarse responsablemente de los mismos.

VI   RECARGA POR MEDIO DE TARJETAS PREPAGO

1-     El valor monetario de las tarjetas no es reembolsable. El saldo comprado estará disponible siempre y cuando la línea se mantenga activa [ver (III) (1) (e)]. El plazo de vigencia y uso de dicho saldo dependerá de los términos del producto y solamente será utilizable para hacer uso del Servicio que ofrece Digicel. En los casos que el usuario reciba algún beneficio o bonificación de saldo por las recargas realizadas, dichos beneficios o bonificaciones estarán sujetos a las limitaciones de vigencia y uso establecidas en los términos de la promoción.

2-     Las tarjetas únicamente representan valores monetarios para hacer uso del servicio de acuerdo a las tarifas vigentes al momento de hacer uso del mismo. Las tarifas vigentes serán las publicadas en medios de comunicación masivos por Digicel.

3-     Los adquirientes de una Tarjeta deberán respetar las condiciones señaladas en ésta e informarse responsablemente de su forma de uso y valor; así como de la tarifa, horarios y demás condiciones aplicables, si las hubiere.

VII  OTROS MEDIOS DE RECARGA

1-     El usuario también podrá recargar saldo a su cuenta para hacer uso del servicio mediante cualquier otra modalidad de recarga de saldo que Digicel habilite. En estos casos, el Adquirente o Usuario deberá informarse de las condiciones de uso, valores, tarifa, horario y demás condiciones de estas modalidades, las cuales el usuario acepta por el hecho de su compra y recarga en el sistema.

2-     El cliente tendrá derecho a verificar la recepción de la recarga previo a efectuar el pago de la misma.

VIII  NUMERACIÓN

El número asignado al CHIP es administrado exclusivamente por Digicel. El número del teléfono Móvil podrá ser eliminado o asignado a otro usuario si esté permaneciere más de 90 días sin iniciar y recibir llamadas así como sin enviar mensajes de texto desde hacia otro teléfono móvil.

IX  TARIFAS Y PRECIOS

1-     El servicio de Telefonía de Prepago Digicel posee como característica esencial el hecho que las tarifas, unidades de medida y precios asociados a él, así como los derechos y obligaciones que se originan con ocasión de su prestación, se extinguen y renuevan periódicamente de acuerdo a la información que, para estos efectos, entregue Digicel por los medios que estime pertinentes, los que garantizan la adecuada publicación de estas tarifas, unidades de medida, precios, derechos y obligaciones, responsabilizándose el usuario de informarse oportuna y completamente.

2-     Para estos efectos el Usuario entiende y acepta que Digicel podrá variar, mediante aumento o disminución, sus precios y tarifas; y que éstas se volverán efectivas y vigentes a partir de la fecha indicada en la publicación o a partir del día siguiente al de su publicación, si no se especifica otra fecha. 

3-     Adicionalmente, el Usuario entiende y acepta que el valor de las Tarjetas y otros saldos entregados por Digicel al cliente no tiene tarifas de uso asociadas. Por lo que el tiempo aire efectivo de cada tarjeta dependerá de las tarifas publicadas y vigentes al momento que el Usuario haga uso del servicio.

X  PROMOCIONES, SORTEOS Y OTROS BENEFICIOS

1-     Adicionalmente, el Servicio, las Tarjetas y las recargas, por cualquier modalidad, podrán estar beneficiadas con promociones, sorteos, beneficios o bonificaciones, las cuales serán anunciadas previamente por Digicel, aceptando el Usuario o adquirente los términos y condiciones específicos por el hecho de su compra y activación. Todo beneficio o bonificación de saldo que el usuario reciba tendrá última prioridad de consumo, el saldo pagado será el primero en consumirse.

2-     Las condiciones de estas actividades comerciales prevalecerán sobre las condiciones ordinarias de uso del servicio, de acuerdo a sus condiciones de uso, vigencia, valores, tarifa, horario y demás condiciones.

3-     Los beneficiarios de cualquier actividad comercial prevalecerán sobre las condiciones ordinarias de uso del servicio, de acuerdo a sus condiciones de uso, vigencia, valores, tarifa, horario y demás condiciones.

4-     El saldo originado por las actividades comerciales estará sujeto a las limitaciones de vigencia y uso establecidas el los términos de la promoción.

5-     Además de estas estipulaciones las actividades comerciales descritas en esta cláusula se regirán por lo dispuesto en los Art. 15, 16 y 30 de la Ley de Protección al Consumidor.

XI         EQUIPOS HABILITADOS

1-     La utilización de equipos terminales que no han sido comercializados directamente por Digicel para el uso del Servicio, pero que se encuentren operando en éste, serán de exclusiva responsabilidad del Usuario. Sin perjuicio de lo anterior, respecto del Servicio, así como de todos los otros que lo componen, como por ejemplo, uso de tarjetas, medios de carga y numeración, se aplicará íntegramente este Reglamento y sus modificaciones.

2-     Digicel podrá desconectar el servicio a Usuarios que debido al uso de equipos o aparatos propios, no adquiridos en Digicel ocasionen mal funcionamiento o daño a la red o que tengan reporte de robo.

XII        RESPONSABILIDAD POR EL USO DEL PRODUCTO Y EL SERVICIO

1-     El mal uso del Terminal, de la Línea, del Servicio o de las Tarjetas es de exclusiva responsabilidad del adquiriente, usuario o suscriptor del mismo y podrá traer como consecuencia la aplicación de las sanciones civiles y penales correspondientes. Adicionalmente, el adquirente del Terminal y Línea y el usuario o suscriptor del Servicio y de las Tarjetas declara conocer, entender y aceptar que:

a.      El equipo Terminal que ha adquirido, o se encuentra usando en calidad de suscriptor o usuario operará en la banda de frecuencias de Digicel y dentro del territorio nacional, aplicándose a éstos lo dispuesto en este Reglamento.

b.      Los equipos terminales no cuentan con sistemas de antivirus informáticos, por lo que Digicel no será responsable de ningún daño que se produzca en los mismos, siendo responsabilidad del usuario tomar las medidas conducentes a evitarlo.

c.       Digicel no será responsable por el correcto funcionamiento del equipo en caso que éste haya sido alterado o modificado de cualquier forma por personal no autorizado por Digicel. En este caso, el Cliente perderá irrevocablemente toda garantía que tuviere el Terminal.

2-     La persona que adquiera un equipo Terminal de Digicel o el suscriptor o usuario del Servicio, entiende y acepta que ha contratado un servicio público concesionado por el Estado. En consecuencia, el adquiriente de la Terminal o el usuario del Servicio aceptan como condición esencial de este, su lícito y correcto uso, declarando conocer que el mencionado Servicio fue concebido para generar comunicaciones desde el equipo Terminal, tanto de entrada como de salida. En virtud de la recta ejecución del principio de buena fe y de las demás normas contractuales, el adquiriente se obliga a no darle a la Terminal y al Servicio en uso distinto al señalado.

XIII       SERVICIOS DE VALOR AGREGADO

1-     Adicionalmente, Digicel ofrece a sus clientes, servicios de valor agregado. Estos servicios pueden ser ofrecidos directamente por Digicel, a través de éste por otros proveedores.

2-     El Usuario de los servicios descritos en el párrafo anterior se obliga a informarse responsablemente de la forma de uso, tarifa y demás condiciones aplicables a estos servicios. Se presume la aceptación de todos los cargos y condiciones aplicables al uso de estos servicios por el hecho de interactuar con el sistema de acuerdo a la forma de uso del servicio de valor agregado.

XIV       DECLARACIÓN ESENCIAL

1-     El usuario del Servicio declara que previamente a la adquisición del Producto o de tener acceso al Servicio, se ha informado y leído íntegramente las estipulaciones y condiciones contenidas en el presente Reglamento, las que declara conocer, entender y aceptar en todas sus partes, obligándose a regirse por ellas. Además, se obliga a informarse en las mismas condiciones respecto de cualquier modificación que sufriere tanto este Reglamento como las normas que regulan el Servicio, en los términos de la Ley de Protección al Consumidor (Decreto Legislativo 776).

2-   Serán aplicables al presente reglamento las disposiciones de la ‘’Ley de Telecomunicaciones’’ (Decreto Legislativo 142), el ‘’Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones’’ (Decreto Ejecutivo 64), las modificaciones de ambos textos y toda otra disposición legal y reglamentaria que se dicte en el futuro y que tenga relación con el servicio público de telefonía móvil.

3-   Ninguna cláusula, término o condición contenida en este reglamento se interpretará de manera que afecte o menoscabe los derechos básicos de los consumidores establecidos en la Ley de Protección al Consumidor. De igual manera, ninguna cláusula se interpretará de manera tal que pueda causar un perjuicio al consumidor, y si del análisis y evaluación de esta se determinara su carácter abusivo, se tendrá por no escrita, de conformidad a los parámetros establecidos en la Ley de Protección al Consumidor.


 

 

ACLARACION DE SERVICIO DE TELEFONIA CELULAR PRE PAGO
(KITS PREPAGO SELLADOS)

I. ESTIPULACIONES GENERALES

A. Definiciones

Kit Prepago: Comprende el Terminal, su Batería y SIM (Chip DIGICEL) sellado.

Accesorios: cargador y cualquier otro dispositivo que sea utilizado en conjunto el Kit Prepago.


B.   Servicio

DIGICEL brindará el servicio de telefonía celular Prepago a través de un Kit Prepago, previamente certificado por el fabricante y homologado por DIGICEL para garantizar su correcto funcionamiento, únicamente, dentro de la red de DIGICEL. En algunos casos, DIGICEL podrá ofrecer un Kit prepago al cliente con un descuento especial respecto al precio de lista del mismo, por lo que el servicio estará asociado tanto a la línea telefónica como al Kit Prepago, debidamente adquiridos y registrados a nombre del cliente y su adecuado funcionamiento será asegurado en la red de DIGICEL.

DIGICEL garantizará el servicio a prestar mediante el uso del Kit Prepago adquirido por el cliente por lo que su funcionamiento adecuado únicamente está asegurado bajo el esquema en que adquirió su servicio.

DIGICEL no garantiza la prestación del servicio en su red, ni su adecuado funcionamiento si el cliente modifica el Kit Prepago adquirido, ya sea manipulando, abriendo, o de cualquier otra manera alterando el Kit Prepago, retirando o cambiando el SIM (Chip DIGICEL) y/o batería, o dañe la integridad del Kit Prepago mediante cualquier manipulación al mismo. Así como no garantiza el adecuado funcionamiento del Kit Prepago adquirido en otras redes nacionales e internacionales diferentes a DIGICEL.


Si tu teléfono viene en Kit Prepago sellado, su procedimiento de reparación se regirá de acuerdo a lo siguiente:

Para efectos de reclamo de garantía, DIGICEL se obliga a cumplir la garantía de fabricación a los Kits Prepago adquiridos en DIGICEL, en un plazo de doce meses siempre y cuando el Kit Prepago no haya sido manipulado por el cliente o un tercero, ni presente daños por golpes, humedad u otros.
 
Cobertura: La garantía cubre los defectos y fallas de fábrica que presente Kit Prepago o los accesorios suministrados por DIGICEL.

Plazo: La garantía para los Kits Prepago será de un año y de seis meses para los accesorios (cargador), ambas fechas contadas a partir del día de la compra.

Inmediatamente después que se presente la falla, el cliente deberá llevar su Kit Prepago o accesorio a los Centros de Servicio Digicel Autorizados junto con la factura de compra respectiva. Sin dicha factura no serán aceptados.

1) Al presentar el Kit Prepago o su accesorio junto con la factura de compra de los mismos, se determinará si se encuentran dentro del período de vigencia de la garantía.

2) Si el Kit Prepago o accesorio presentan señales de daños físicos, raspaduras, abolladuras o señales obvias de mala manipulación que pueda afectar el funcionamiento, se considerarán fuera de la garantía. Asimismo si el cliente bloquea el Kit Prepago por medio de la introducción incorrecta de los Códigos PIN y PUK, el Kit Prepago queda fuera de la garantía de fábrica en mención.

3) Si el Kit Prepago o accesorio no presentan indicios de mala manipulación calificarán como posible garantía. El cliente recibirá un Kit Prepago nuevo igual o de características equivalentes con un SIM en blanco al cual se le asociará el número original del cliente.